El exceso de cabida es una anomalía que existe entre la superficie real de un terreno o vivienda y la que se encuentra en el Registro de la Propiedad e implica que la superficie registrada sea menor que la real.
Esta situación se revela cuando un propietario desea solicitar un hipoteca de la vivienda o vender la misma y el tasador descubre que existe una discordancia.
La declaración del exceso de cabida se realiza en Notaría y en el Registro de la Propiedad y consiste en presentar la descripción registrada y la nueva descripción.
Las causas de que se origine un exceso de cabida suele estar en límites imprecisos, sobre todo, en aquellos terrenos antiguos en los que ni los propietarios conocían los límites exactos.
Los métodos de medición de hace años no aportaban la exactitud de los actuales y esto provoca discrepancias hoy día. A esto le sumamos esas modificaciones urbanísticas ilegales en las que se ocupan espacios que no le pertenecen a quien ejecuta dichas modificaciones.
El exceso de cabida es un asunto que debe solucionarse a la mayor brevedad por diversos motivos.
Pensemos en la tramitación de una herencia entre varios herederos. Ya de por sí, la división de unos límites inexactos asegura problemas futuros. Y, mientras más años, se mantenga la irregularidad, más difícil será demostrar que la superficie real es la verdadera.
Los situación más usual y que provoca una mayor urgencia para encontrar la solución es cuando se quiere vender el terreno o el inmueble. El vendedor puede indicar que la superficie real es mayor que la registrada.
Pero tanto el comprador como la entidad bancaria que tiene que aportar el préstamo hipotecario se regirán por la superficie registrada, de modo que, si se detecta un exceso de cabida, se recomienda arreglar este asunto lo más rápido posible.